martes, 16 de febrero de 2010

Análisis Clase Marco Legal Laboral 06/02/2010

El Derecho del Trabajo, es el conglomerado de áreas jurídicas que involucran y regulan el trabajo como hecho social, es decir todo lo relativo a la relación jurídica Patrono – Trabajador (el trabajo subordinado).

Considero vital la existencia del Derecho del Trabajo dadas las circunstancias antes descritas, así como el trabajo llevado a cabo a este respecto por la Organización Internacional del Trabajo, la cual tiende a la protección de los trabajadores, la internacionalización, la adaptación a las distintas formas y situaciones laborales, posee un carácter informal (predominio de los hechos sobre las formas), constituye un régimen especial y finalmente es una institución democrática.

El Derecho del Trabajo puede ser individual ó colectivo, siempre tomando en cuenta la existencia de ciertos elementos de presunción de la relación laboral, entre ellos: La subordinación, la remuneración y la prestación de un servicio personal; siendo una constante la igualdad salarial establecida en el Art. 135 de la Ley Orgánica del Trabajo.

Cabe destacar que la relación de trabajo, viene representada por un contrato de trabajo que puede ser escrito u oral, de allí la frase del Dr. Rafael Caldera: “Siempre que existe un contrato de trabajo hay una relación de trabajo, pero no siempre que hay una relación de trabajo hay un contrato”, lo cual a mi parecer resulta muy ilustrativo.
La discusión de clase en torno al Capítulo IV De las personas en el Derecho del Trabajo (Título I L.O.T.), permitió identificar al trabajador como aquella persona natural que realiza una labor para un tercero, y aclaró la diferencia entre la clasificación empleado (predominio del esfuerzo intelectual) y obrero (predominio del esfuerzo manual) y sus respectivas sub-categorías. Por otro lado es preciso resaltar la importancia de conocer el ámbito circundante al Art. 102 con respecto a las causas justificadas de despido y el Art. 112 relativo a la estabilidad en el trabajo, piedra angular en conflictos de tipo laboral.

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